Cuando ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en los términos de la separación. El proceso más ordenado cuando hay hijos o bienes en común.
Te contactamos en menos de 1 hora.
🔒 Información confidencial. Sin spam.
Qué es
El divorcio por mutuo consentimiento judicial es el procedimiento en el que ambos cónyuges, estando de acuerdo en divorciarse, presentan ante un Juez Familiar Oral un convenio en el que se establecen los términos de la separación: quién tendrá la custodia de los hijos, el régimen de convivencia, la pensión alimenticia y la distribución de los bienes. Es la vía recomendada cuando hay hijos menores o bienes en común y existe acuerdo entre las partes.
Si tienes dudas sobre si este tipo de divorcio es el correcto para tu situación, contáctanos. Te orientamos sin costo y sin compromiso.
Cómo funciona
Te acompañamos en cada etapa para que no tengas que preocuparte por los trámites.
Asesoramos a ambas partes para redactar un convenio equilibrado que proteja los derechos de todos, incluyendo los hijos.
Presentamos el escrito inicial con el convenio ante el Juzgado Familiar Oral competente en Monterrey.
Ambos cónyuges comparecen ante el juez para ratificar el convenio y manifestar su voluntad de divorciarse.
El juez emite la sentencia de divorcio y se hace la anotación marginal en el acta de matrimonio.
Preguntas frecuentes
Respuestas directas sobre este tipo de divorcio en Monterrey, Nuevo León.
No necesariamente. Pueden llevar abogados distintos o compartir uno si hay acuerdo pleno en todos los puntos. Lo importante es que el convenio sea justo para ambas partes y proteja a los hijos.
El convenio debe incluir: quién tendrá la guarda y custodia de los hijos, el régimen de convivencia con el progenitor no custodio, el monto de pensión alimenticia, y la forma de distribución de los bienes comunes.
Si hay acuerdo en divorciarse pero no en algún punto del convenio (por ejemplo, la pensión), el juez puede determinar ese punto específico. También es posible iniciar un divorcio incausado y resolver los acuerdos de forma posterior.
Generalmente entre 1 y 3 meses, dependiendo de la agenda del juzgado y de qué tan completo esté el convenio al momento de presentar la demanda.
Cuéntanos tu situación y confirmamos si aplica para tu caso.